Preguntas
Frecuentes

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El tiempo de trámite varía según el tipo de documento que solicite con Apostilla en Honduras. Si requiere apostilla Honduras de varios documentos por medio de nuestro sistema de solicitud en línea, aplican automáticamente descuentos.
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Legalización de Documentos: Auténtica y Apostilla
La legalización de documentos consiste en la certificación que expide el Ministerio de Relaciones Exteriores, avalando la firma del funcionario consular hondureño en el extranjero para que pueda surtir efectos en Honduras. Toda persona que desee legalizar un documento en el extranjero para que surta efecto en Honduras tiene dos alternativas para hacerlo:
  • Si el documento es emitido en países que no son miembros del Convenio de la Haya, el interesado deberá obtener la Auténtica en las Representaciones Diplomáticas y Consulares de Honduras en el exterior.
  • Si el documento es emitido en un país miembro del Convenio de la Haya, el interesado deberá obtener la Apostilla que expiden las oficinas de las Autoridades Nacionales que designa cada país miembro o autoridades del país donde reside. VER LISTA DE PAÍSES MIEMBROS DE LA HAYA
Asimismo, el Ministerio de Relaciones Exteriores para la legalización de documentos autoriza las firmas de autoridades nacionales para que surtan efecto en países extranjeros. Un documento hondureño que no ha sido legalizado no surtirá efectos en el extranjero.
 
Es de hacer notar que el Ministerio de Relaciones Exteriores en la legalización de documentos NO legaliza el contenido del documento, ÚNICAMENTE Legaliza la firma del Funcionario que calza el documento en cuestión.
 
Existen dos formas de Legalización de Documentos en Honduras, estas son:
  1. Auténtica
  2. Apostilla

Preguntas Frecuentes

 

Para saber si el documento requiero de Auténtica o de Apostilla, hay que tomar en cuenta si el país donde será presentado o donde fue expedido es miembro del Convenio de La Haya.
 
Honduras es país miembro, por lo que los documentos pueden Apostillarse, sin embargo, queda a decisión del interesado con ciertas restricciones (Documentos ejecutados por agentes diplomáticos o consulares, documentos administrativos relacionados directamente con una operación comercial o aduanera).
 

Los documentos apostillados en el extranjero, no requieren ser autenticados por el Cónsul de Honduras en el país donde se emitieron los documentos, ni por la Secretaría de Relaciones Exteriores en Honduras (SRE), debiendo únicamente los interesados presentar el documento en Honduras donde se lo solicitan. Si no vienen en español, si se requiere traducción aprobada por la SRE de Honduras.

Una apostilla es una legalización especial –Generalmente en una hoja por separado con el titulo «Apostilla»– que extiende una autoridad para certificar que un documento es autentico o es una copia verdadera de un original. Las apostillas están disponibles en los países que firmaron el Convenio de la Haya sobre la Eliminación del Requisito de la Legalización de Documentos Públicos Extranjeros, popularmente conocido como el Convenio de La Haya. Este convenio, creado en 1961, sustituye al largo proceso de certificación en cadena utilizado hasta entonces, en el que había que acudir a cuatro autoridades distintas para certificar un documento. Honduras ratificó en el año 2004 este Convenio.

Se puede utilizar una apostilla siempre que sea necesaria una copia de un documento oficial de otro país. Por ejemplo, para matrimonios, adopciones y herencias internacionales, pero también para contratos sencillos. La apostilla es una certificación oficial de que el documento es una copia verdadera del original. Sin embargo, no certifica que el contenido del documento original sea correcto. Al estar el documento apostillado sólo deberá presentarse ante la Dirección General del RNP a través de la Secretaría General a solicitar su inscripción en los casos que tenga efecto registral.

La apostilla de La Haya la puede solicitar cualquier persona portadora de un documento público cuya autenticidad desee certificar.
 
La apostilla puede aplicarse en:
 
a. Documentos extendidos de una autoridad o funcionario vinculado a una jurisdicción del Estado, incluyendo los provenientes del Ministerio Público o de un secretario, oficial o agente judicial.
 
b. Documentos administrativos.
 
c. Certificaciones oficiales que hayan sido puestas sobre documentos privados, tales como la certificación del registro de un documento, la certificación sobre la certeza de una fecha y las autenticaciones oficiales y notariales de firmas en documentos de carácter privado.
 
Sin embargo, no se aplicará a:
 
a. Los documentos expedidos por funcionarios diplomáticos o consulares.
 
b. Los documentos administrativos relacionados directamente con una operación comercial o aduanera.
Apostillar un documento tiene una función similar a la Auténtica, sirve para validar un documento mediante un escrito firmado en las Oficinas de Relaciones Exteriores -Cancilleria-, el cual es emitido en todos los países que firmaron el Convenio de la Haya sobre la eliminación del Requisito de la Legalización de Documentos Públicos Extranjeros.
 
La Apostilla certifica la autenticidad de un documento público o judicial para que tenga validez en el extranjero, como ser actas de matrimonio, divorcios, actas de defunción, actas de nacimiento y cualquier otro documento administrativo del país.
 

 

  • Pagar un Recibo TGR-1 (Se imprime desde la web: https://tgr1.sefin.gob.hn/TGR1/)de L.150.00 por documento en cualquier banco.
  • Ir a las oficinas de Relaciones Exteriores junto con recibo pagado y los documentos a apostillar. Ahora también es posible solicitar la apostilla en linea en la pagina del Gobierno Digital de Honduras (Es posible que previo a la apostilla sea necesario una autentica institucional previa según el tipo de documentos.)
  • Esperar el tiempo que se le indique.
 

 

Según el tipo de documento, este se legaliza de la siguiente manera:

 
a) Documento de Registro Civil (RNP): (Certificados de Nacimiento, Soltería, Matrimonio, Defunción, Copias de Folio, etc.) deberán legalizarse en los siguientes organismos:
  1. Secretaria del RNP en Tegucigalpa.
  2. Secretaria de Relaciones Exteriores (SRE)

*Si el país de destino final del documento, no acepta la apostilla, en SRE se solicita auténtica -No apostilla- y luego sé auténtica en el Consulado del país de destino.

b) Documentos expedidos por un Notario: (Auténtica de Documentos Privados, Escrituras Públicas, Contratos,…) deberán legalizarse en los siguientes organismos:
  1. Secretaría de la Corte Suprema de Justicia.
  2. Secretaria de Relaciones Exteriores (SRE)

*Si el país de destino final del documento, no acepta la apostilla, en SRE se solicita auténtica -No apostilla- y luego sé auténtica en el Consulado del país de destino.

c) Documentos expedidos por un Juzgado: (Constancia de Antecedentes, Certificaciones Judiciales, Sentencias…) deberán legalizarse en los siguientes organismos:
  1. Secretaria de la Corte Suprema de Justicia.
  2. Secretaria de Relaciones Exteriores (SRE)

*Si el país de destino final del documento, no acepta la apostilla, en SRE se solicita auténtica -No apostilla- y luego se auténtica en el Consulado del país de destino.

d) Documentos expedidos por Secretarias de Estado: (Constancia de Antecedentes Policiales, Constancias de Licencia de Conducir, Certificaciones de Resoluciones, otros.) deberán legalizarse en los siguientes organismos:
  1. Secretaria General de la Secretaria de Estado correspondiente. Ejemplo: Antecedentes Policiales en la Secretaria General del Ministerio de Seguridad.
  2. Secretaria de Relaciones Exteriores (SRE)

*Si el país de destino final del documento, no acepta la apostilla, en SRE se solicita auténtica -No apostilla- y luego sé auténtica en el Consulado del país de destino.

e) Documento Mercantiles o de la Propiedad: (Expedidos por un Registro Mercantil o de la Propiedad) deberán legalizarse en los siguientes organismos:
  1. Secretaría Ejecutiva IP
  2. Secretaria de Relaciones Exteriores (SRE)

*Si el país de destino final del documento, no acepta la apostilla, en SRE se solicita auténtica -No apostilla- y luego se auténtica en el Consulado del país de destino.

f) Documentos de Estudios Nivel Secundario (Certificados de Estudios, Títulos, Constancias) deberán legalizarse en los siguientes organismos:
  1. Dirección Departamental de Educación del departamento donde estudio. (Excepto los Títulos )
  2. Secretaria de Educación
  3. Secretaria de Relaciones Exteriores (SRE)

*Si el país de destino final del documento, no acepta la apostilla, en SRE se solicita auténtica -No apostilla- y luego sé auténtica en el Consulado del país de destino.

g) Documentos de Estudios (Certificados de Estudios y Títulos Universitarios) deberán legalizarse en los siguientes organismos:
  1. Secretaria General de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH)
  2. Secretaria de Relaciones Exteriores (SRE)

NOTA: Si el título es de la UNAH o ya está incorporado en la Dirección de Educación Superior, es posible que se pueda apostillar sin auténtica previa.

*Si el país de destino final del documento, no acepta la apostilla, en SRE se solicita auténtica -No apostilla- y luego sé auténtica en el Consulado del país de destino.

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