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¿Que es la Apostilla de un Documento?

El trámite “Apostillar” es una legalización única, resulta de colocar en el mismo documento un certificado de autenticidad. Honduras ratificó en el año 2004 este Convenio.

¿Que es Apostillar un Documento?

El Apostillado de la Haya se refiere al convenio firmado en el año 1961 donde los países firmantes acuerdan suprimir la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros. De esta forma los documentos públicos de uno de los países firmantes del convenio, que lleven el apostillado de la Haya son válidos en cualquier otro país suscriptor del acuerdo.
 
El trámite “Apostillar” es una legalización única, y resulta de colocar en el mismo documento público que se desea apostillar una nota que certifica la autenticidad del documento expedido en otro país.

Preguntas Frecuentes Sobre la Apostilla

Los documentos apostillados no requieren ser autenticados por el Cónsul de Honduras en el país donde se emitieron los documentos, ni por la Secretaría de Relaciones Exteriores en Honduras, debiendo únicamente los interesados presentar el documento en Honduras donde se lo solicitan.

Una apostilla es una legalización especial –Generalmente en una hoja por separado con el titulo “Apostilla”– que extiende una autoridad para certificar que un documento es autentico o es una copia verdadera de un original. Las apostillas están disponibles en los países que firmaron el Convenio de la Haya sobre la Eliminación del Requisito de la Legalización de Documentos Públicos Extranjeros, popularmente conocido como el Convenio de La Haya. Este convenio, creado en 1961, sustituye al largo proceso de certificación en cadena utilizado hasta entonces, en el que había que acudir a cuatro autoridades distintas para certificar un documento. Honduras ratificó en el año 2004 este Convenio.

Se puede utilizar una apostilla siempre que sea necesaria una copia de un documento oficial de otro país. Por ejemplo, para matrimonios, adopciones y herencias internacionales, pero también para contratos sencillos. La apostilla es una certificación oficial de que el documento es una copia verdadera del original. Sin embargo, no certifica que el contenido del documento original sea correcto. Al estar el documento apostillado sólo deberá presentarse ante la Dirección General del RNP a través de la Secretaría General a solicitar su inscripción en los casos que tenga efecto registral.

La apostilla de La Haya la puede solicitar cualquier persona portadora de un documento público cuya autenticidad desee certificar.
 
La apostilla puede aplicarse en:
 
a. Documentos extendidos de una autoridad o funcionario vinculado a una jurisdicción del Estado, incluyendo los provenientes del Ministerio Público o de un secretario, oficial o agente judicial.
 
b. Documentos administrativos.
 
c. Certificaciones oficiales que hayan sido puestas sobre documentos privados, tales como la certificación del registro de un documento, la certificación sobre la certeza de una fecha y las autenticaciones oficiales y notariales de firmas en documentos de carácter privado.
 
Sin embargo, no se aplicará a:
 
a. Los documentos expedidos por funcionarios diplomáticos o consulares.
 
b. Los documentos administrativos relacionados directamente con una operación comercial o aduanera.
Apostillar un documento tiene una función similar a la Auténtica, sirve para validar un documento mediante un escrito firmado en las Oficinas de Relaciones Exteriores -Cancilleria-, el cual es emitido en todos los países que firmaron el Convenio de la Haya sobre la eliminación del Requisito de la Legalización de Documentos Públicos Extranjeros.
 
La Apostilla certifica la autenticidad de un documento público o judicial para que tenga validez en el extranjero, como ser actas de matrimonio, divorcios, actas de defunción, actas de nacimiento y cualquier otro documento administrativo del país.
 
  • Pagar un Recibo TGR-1 (Se imprime desde la web: https://tgr1.sefin.gob.hn/TGR1/)de L.150.00 por documento en cualquier banco.
  • Ir a las oficinas de Relaciones Exteriores junto con recibo pagado y los documentos a apostillar. Ahora también es posible solicitar la apostilla en linea en la pagina del Gobierno Digital de Honduras (Es posible que previo a la apostilla sea necesario una autentica institucional previa según el tipo de documentos.)
  • Esperar el tiempo que se le indique.
 

Según el tipo de documento éste se legaliza de la siguiente manera:

 
Pasos para Documento de Registro Civil (RNP): (Certificados de Nacimiento, Soltería, Matrimonio, Defunción, Copias de Folio, etc.) deberán legalizarse en los siguientes organismos:
  1. Secretaria del RNP en Tegucigalpa.
  2. Secretaria de Relaciones Exteriores (SRE)
*Si el país no acepta la apostilla, en SRE se solicita autentica -No apostilla- y luego se autentica en el Consulado del país de destino.
 
 
Pasos para Documentos expedidos por un Notario: (Autentica de Documentos Privados, Escrituras Públicas, Contratos,…) deberán legalizarse en los siguientes organismos:
  1. Secretaría de la Corte Suprema de Justicia.
  2. Secretaria de Relaciones Exteriores (SRE)
*Si el país no acepta la apostilla, en SRE se solicita autentica -No apostilla- y luego se autentica en el Consulado del país de destino.
 
Pasos para Documentos expedidos por un Juzgado: (Autentica de Certificaciones, Sentencias…) deberán legalizarse en los siguientes organismos:
  1. Secretaria de la Corte Suprema de Justicia.
  2. Secretaria de Relaciones Exteriores (SRE)
*Si el país no acepta la apostilla, en SRE se solicita autentica -No apostilla- y luego se autentica en el Consulado del país de destino.
 
Pasos para Documento Mercantiles o de la Propiedad: (Expedidos por un Registro Mercantil o de la Propiedad) deberán legalizarse en los siguientes organismos:
  1. Secretaría Ejecutiva IP
  2. Secretaria de Relaciones Exteriores (SRE)
*Si el país no acepta la apostilla, en SRE se solicita autentica -No apostilla- y luego se autentica en el Consulado del país de destino.
 
Pasos para Documentos de Estudios (Certificados de Estudios, Títulos Universitarios) deberán legalizarse en los siguientes organismos:
  1. Secretaria de Educación si corresponden a educación media,
  2. Dirección de Educación Superior en caso de la Universidades -cuando no estén firmados por el Secretario General de la Universidad correspondiente o no tengan firma registrada en SRE-,
  3. Secretaria de Relaciones Exteriores (SRE)
*Si el país no acepta la apostilla, en SRE se solicita autentica -No apostilla- y luego se autentica en el Consulado del país de destino.
 
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